% de valor diario: cómo se lee la etiqueta en México

⏱ 9 min de lectura · 1,739 palabras

El porcentaje de valor diario (%VD) indica qué fracción de un valor de referencia diario aporta una porción del producto, no el envase completo. En México ese referente es el Valor Nutrimental de Referencia (VNR) que fija la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 [1]; en un bote etiquetado para Estados Unidos es el Daily Value de la FDA [3]. Como son cifras distintas, los mismos miligramos pueden aparecer como 40% en una etiqueta mexicana y como 24% en una estadounidense sin que ninguna de las dos esté mal. Abajo, cómo se calcula ese número y qué no te dice.

Qué es exactamente el porcentaje de valor diario

La NOM-051 define los valores nutrimentales de referencia (VNR) como el «conjunto de cifras que sirven como guía para valorar y para planificar la ingestión de nutrimentos de poblaciones sanas y bien nutridas» (numeral 3.51) [1]. El %VD que ves impreso es la cantidad del nutrimento en una porción dividida entre ese VNR.

La norma maneja dos tipos de VNR:

  • IDR (Ingestión Diaria Recomendada). El numeral 3.27 la deriva de los requerimientos de 97,5% de los individuos de la población.
  • IDS (Ingestión Diaria Sugerida). El numeral 3.28 la describe así: «se usa en lugar de la Ingestión Diaria Recomendada (IDR) en los casos que la información sobre requerimientos es insuficiente».

El otro elemento del cálculo es la porción, que la norma define como la «cantidad de producto que se sugiere consumir o generalmente se consume en una ingestión […]» (numeral 3.39) [1]. La porción la propone el fabricante. El numeral 4.5.2.4.4 exige que la declaración numérica de vitaminas y minerales se exprese por 100 g o por 100 mL, o como porcentaje del VNR por porción.

Del lado estadounidense la lógica es la misma; cambia el vocabulario. La FDA describe los Daily Values como las cantidades de nutrimentos recomendadas para consumir —o para no exceder— cada día, y el %DV como la parte de tu dieta diaria que aporta una porción de un alimento envasado o de un suplemento [3]. La misma agencia recuerda que las 2 000 calorías diarias son sólo una guía general y que las necesidades varían según edad, sexo, estatura, peso y actividad física [4].

Por qué dos botes con los mismos miligramos muestran porcentajes distintos

Porque el denominador no es el mismo. La tabla 2 de la NOM-051, titulada «Valores nutrimentales de referencia ponderados para la población mexicana», asigna al magnesio un VNR de 248 mg, en la columna de IDS [1]. La FDA fija el Daily Value del magnesio en 420 mg [3].

Con esos dos denominadores, una porción que aporte 100 mg de magnesio se declara así:

  • Etiqueta mexicana: 100 ÷ 248 ≈ 40% del VNR.
  • Etiqueta estadounidense: 100 ÷ 420 ≈ 24% del DV.

Ninguna miente: cada una compara contra la población de referencia de su propio marco. Y el magnesio no es un caso aislado.

Nutrimento VNR México (NOM-051, tabla 2) Daily Value (FDA)
Magnesio 248 mg (IDS) 420 mg
Calcio 900 mg (IDS) 1 300 mg
Fósforo 664 mg (IDR) 1 250 mg
Vitamina C 60 mg (IDR) 90 mg
Hierro 17 mg (IDS) 18 mg
Zinc 10 mg (IDS) 11 mg
Selenio 41 µg (IDS) 55 µg
Yodo 150 µg (IDS) 150 µg

El yodo es el único de esta lista en que ambos marcos coinciden; en el fósforo el denominador estadounidense casi duplica al mexicano.

La norma sí anticipa el caso del producto importado. El numeral 4.5.2.4.13 lo permite con una condición: «Se puede declarar información basada en valores de referencia recomendados para poblaciones distintas a la mexicana, siempre que ésta se presente junto con la información indicada en 4.5.2.4.7 y se le distinga claramente» […] [1]. El manual oficial lo dice en lenguaje llano: esos valores van «junto con la declaración nutrimental requerida en México» [2]. Un bote que sólo muestre el porcentaje estadounidense no te está dando el dato mexicano, aunque el número se vea familiar.

La regla del 5%: cuándo un mineral puede no aparecer en la etiqueta

Bajo la NOM-051, declarar vitaminas y minerales no es obligatorio por regla general: «La declaración del contenido de vitaminas y de nutrimentos inorgánicos (minerales) es opcional, excepto en los alimentos y en las bebidas no alcohólicas modificados en su composición […]» (numeral 4.5.2.4.8) [1].

Y cuando sí se declara, existe un umbral. El numeral 4.5.2.4.9 establece: «La inclusión de uno de los siguientes nutrimentos no obliga a incluir uno de los otros y sólo se realiza si se tiene asignado un VNR y el contenido de la porción sea igual o esté por arriba del 5% del VNR referido (ya sea IDR o IDS)» [1].

Traducido: el 5% del VNR mexicano del magnesio son 12,4 mg. Una porción que aporte 10 mg queda por debajo de ese umbral y ese magnesio no se declara, aunque esté presente. De ahí una conclusión que cambia cómo se lee un anaquel: la ausencia de un mineral en la tabla nutrimental no prueba su ausencia en el producto.

Cuidado con una confusión habitual: la FDA también menciona un 5%, pero para algo distinto. Es una guía de lectura dirigida al consumidor —«5% DV or less» por porción se considera bajo y «20% DV or more» se considera alto—, no un umbral que decida si el nutrimento aparece en la etiqueta [3]. De hecho, en ese marco la etiqueta de Supplement Facts debe declarar los mismos nutrimentos que exige la Nutrition Facts —entre ellos vitamina D, calcio, hierro y potasio— cuando están presentes en una cantidad considerada mayor que cero; el resto de vitaminas y minerales son de declaración voluntaria del fabricante, salvo que se añadan al producto o que la etiqueta afirme algo sobre sus efectos en la salud o sobre la cantidad contenida [3]. Tampoco allá, entonces, la sola presencia de un mineral obliga siempre a declararlo. El contraste real es más modesto: el mismo número, 5%, cumple funciones distintas en cada marco. En México decide si el nutrimento aparece en la tabla; en Estados Unidos sólo orienta la lectura de lo que ya aparece.

Qué nunca lleva porcentaje de valor diario

La lista del numeral 4.5.2.4.9 es cerrada: sólo 22 vitaminas y nutrimentos inorgánicos pueden expresarse como %VNR —vitaminas A, E, C, B1, B2, B6, B12, D y K; ácido pantoténico, ácido fólico y niacina; calcio, fósforo, magnesio, hierro, zinc, yodo, cobre, cromo, flúor y selenio— [1]. Si un ingrediente no está en esa lista, no tiene VNR asignado y no puede mostrar porcentaje alguno.

Eso deja fuera a buena parte de lo que se vende como suplemento en México: la creatina, el colágeno, hongos como la melena de león o el cordyceps, y adaptógenos como la ashwagandha o la rodiola no figuran en la tabla 2. No es una omisión sospechosa ni una señal de calidad: no existe un valor de referencia mexicano contra el cual calcular ese porcentaje. Tampoco lo llevan las proteínas, los hidratos de carbono ni las grasas, que el numeral 4.5.2.4.3 manda declarar en unidades de medida por 100 g o por 100 mL [1].

Un ejemplo de etiqueta sin %VD: la ficha de creatina monohidratada de Kóre.

Lo que el porcentaje no te dice

Cuatro límites reales:

  1. Es una declaración del fabricante, no un análisis independiente. La norma fija el formato y el contenido de la etiqueta; la comprobación corre por cuenta de la autoridad. El manual oficial señala que PROFECO y COFEPRIS «podrán realizar visitas de verificación para vigilar la correcta implementación de esta norma» [2]. Para ver cuánto puede separarse una etiqueta de un análisis de laboratorio, revisa nuestro análisis químico de creatinas vendidas en México.
  2. El porcentaje se mueve con la porción. Como la porción es la cantidad «que se sugiere consumir», dos productos con idéntica concentración pueden mostrar %VD muy distintos si definen porciones distintas. Comparar porcentajes entre marcas sin mirar el tamaño de la porción no compara nada.
  3. El VNR mexicano del magnesio es una IDS, no una IDR. En la tabla 2, los 248 mg están en la columna de ingestión diaria sugerida, que la norma reserva para «los casos que la información sobre requerimientos es insuficiente» [1]. Es una cifra operativa para etiquetar, no una medición fina de lo que necesita una persona.
  4. Es una referencia poblacional, no una meta personal. Los VNR son, por definición de la norma, una guía para «poblaciones sanas y bien nutridas» [1]. El %VD sirve para comparar productos y leer una etiqueta con criterio; no responde qué necesita tu cuerpo, y este artículo tampoco.

Un matiz de alcance que conviene no inventar

La NOM-051 enuncia su propio objeto así: «Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional […]» [1]. Esa misma sección enumera supuestos en los que no aplica, entre ellos los productos sujetos a Normas Oficiales Mexicanas específicas que no la incluyan como referencia, o a otra reglamentación federal que expresamente los excluya [1]. Qué reglas le tocan a un bote concreto depende, entonces, del ordenamiento aplicable a esa categoría, y este artículo no resuelve esa pregunta legal. Lo verificado es el mecanismo: cuando en una etiqueta mexicana aparece un %VNR, el denominador sale de la tabla 2 de la NOM-051. Para el panorama regulatorio más amplio de los suplementos en el país, tenemos una guía sobre ashwagandha y COFEPRIS.

Puntos clave

  • El %VD se calcula siempre por porción, y la porción la define el fabricante.
  • El denominador mexicano es el VNR de la tabla 2 de la NOM-051; el estadounidense, el Daily Value de la FDA. Para el magnesio, 248 mg contra 420 mg.
  • Declarar vitaminas y minerales es opcional salvo en productos modificados en su composición, y sólo procede desde el 5% del VNR.
  • Que un mineral no aparezca en la tabla no significa que el producto no lo contenga.
  • Ingredientes sin VNR asignado —creatina, hongos, adaptógenos— nunca pueden mostrar %VD.

Fuentes

  1. Secretaría de Economía y Secretaría de Salud (2020). MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010. Diario Oficial de la Federación, 27 de marzo de 2020.
  2. Gobierno de México (2021). Manual de la MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010. gob.mx.
  3. U.S. Food and Drug Administration (2024). Daily Value on the Nutrition and Supplement Facts Labels. FDA.
  4. U.S. Food and Drug Administration (2024). How to Understand and Use the Nutrition Facts Label. FDA.

⚕️ Aviso importante

Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y educativos. No constituye asesoría médica, diagnóstico ni prescripción de tratamiento. Los suplementos alimenticios complementan la alimentación, no son medicamentos y no están destinados a diagnosticar, tratar, curar ni prevenir ninguna enfermedad.

Consulta a un profesional de la salud antes de iniciar cualquier régimen de suplementación, especialmente si estás embarazada, en período de lactancia, tomas medicamentos o padeces alguna condición médica. Los resultados individuales pueden variar.

Las referencias científicas citadas respaldan el carácter informativo de este artículo y no implican que los productos de Kóre Labs repliquen las condiciones exactas de los estudios referenciados.